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Como y donde reclamar los defectos de una vivienda nueva

Publicado por Jusmir Romero en 20 de septiembre de 2025
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¿Cómo y dónde reclamar los defectos de una vivienda nueva en España?

Comprar una vivienda es una de las decisiones más importantes de la vida. Sin embargo, no siempre todo sale como se espera: puede haber defectos en la construcción, vicios ocultos o incumplimientos contractuales que afecten a la calidad, seguridad o habitabilidad del inmueble.

En estos casos, el comprador no está indefenso. En España existen vías administrativas y judiciales para reclamar la reparación de los daños o una indemnización, respaldadas por la legislación vigente, como la Ley de Ordenación de la Edificación (LOE).

A continuación, te explicamos qué pasos seguir y dónde acudir si detectas defectos en tu vivienda nueva.

1. Identificar el motivo de la reclamación

Los defectos más habituales pueden ser:

  • Defectos constructivos (grietas, humedades, mal aislamiento, etc.)

  • Vicios ocultos (problemas no detectables a simple vista en el momento de la compra)

  • Incumplimientos del contrato de compraventa

  • Falta de coincidencia con la memoria de calidades

  • Incumplimiento de la normativa urbanística o técnica de edificación

Plazos para reclamar:

Según la Ley de Ordenación de la Edificación, los plazos para reclamar son los siguientes:

Tipo de defecto Plazo de garantía Quién responde
Defectos estructurales que afectan a la cimentación, soportes, vigas, etc. 10 años Promotor, constructor, arquitecto
Defectos que afectan a la habitabilidad (humedades, aislamiento, calefacción, etc.) 3 años Promotor y técnicos responsables
Defectos de acabado (fallos estéticos o de terminación) 1 año Constructor

⚠️ El plazo comienza a contar desde la fecha de entrega de la vivienda (acta de recepción o firma de escritura).

 

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