Como y donde reclamar los defectos de una vivienda nueva
¿Cómo y dónde reclamar los defectos de una vivienda nueva en España?
Comprar una vivienda es una de las decisiones más importantes de la vida. Sin embargo, no siempre todo sale como se espera: puede haber defectos en la construcción, vicios ocultos o incumplimientos contractuales que afecten a la calidad, seguridad o habitabilidad del inmueble.
En estos casos, el comprador no está indefenso. En España existen vías administrativas y judiciales para reclamar la reparación de los daños o una indemnización, respaldadas por la legislación vigente, como la Ley de Ordenación de la Edificación (LOE).
A continuación, te explicamos qué pasos seguir y dónde acudir si detectas defectos en tu vivienda nueva.
1. Identificar el motivo de la reclamación
Los defectos más habituales pueden ser:
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Defectos constructivos (grietas, humedades, mal aislamiento, etc.)
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Vicios ocultos (problemas no detectables a simple vista en el momento de la compra)
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Incumplimientos del contrato de compraventa
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Falta de coincidencia con la memoria de calidades
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Incumplimiento de la normativa urbanística o técnica de edificación
Plazos para reclamar:
Según la Ley de Ordenación de la Edificación, los plazos para reclamar son los siguientes:
| Tipo de defecto | Plazo de garantía | Quién responde |
|---|---|---|
| Defectos estructurales que afectan a la cimentación, soportes, vigas, etc. | 10 años | Promotor, constructor, arquitecto |
| Defectos que afectan a la habitabilidad (humedades, aislamiento, calefacción, etc.) | 3 años | Promotor y técnicos responsables |
| Defectos de acabado (fallos estéticos o de terminación) | 1 año | Constructor |
⚠️ El plazo comienza a contar desde la fecha de entrega de la vivienda (acta de recepción o firma de escritura).






